En el BOCYL de 22 de febrero ha sido publicado el DECRETO 4/2018, por el que se determinan las condiciones ambientales mínimas para las actividades o instalaciones ganaderas de Castilla y León, se modifica el Anexo III del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León aprobado por el Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, y se regula el régimen de comunicación ambiental para inicio del funcionamiento de estas actividades.

BOCYL-Decreto 22.2018 Condi. min. actividades ganaderas

 

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